Foto El Heraldo // * Los hechos corresponden a un contrato de 2010, por valor de $1.965 millones, para de las redes de alcantarillado sanitario y disposición final en el municipio de Chimichagua. * La Contraloría evidenció que las obras se encuentran inconclusas sin prestar servicio a la comunidad

La Contraloría General de la República profirió fallo con responsabilidad fiscal por $1.272 millones de pesos contra el exalcalde del municipio de Chiriguaná (Cesar), Rigoberto Pérez Cano, por unas obras inconclusas de redes de alcantarillado sanitario y disposición final, en los corregimientos de El Guamo y La Vega.

Según se determinó en visita técnica del organismo de control, realizada en el marco del correspondiente proceso fiscal, las obras a construir no se terminaron y presentan deterioros en algunas cámaras de inspección, sus coronas y tapas en concreto. Además, se desconoce el estado actual de la tubería instalada.

La Gerencia Departamental de la CGR en el Cesar concluyó que existen indicios que demuestran la existencia de daño al patrimonio del Estado en la ejecución del Contrato No. 038 de 2010, por el valor del anticipo pagado al contratista de $980.736.236, que indexado a la fecha es $1.272.871.363,11.

Esto en razón a que las obras ejecutadas están inconclusas, no prestan servicio y no están cumpliendo los fines esenciales del Estado.

Del mismo modo, se concluyó que, con las obras ejecutadas hasta la fecha, no es posible que el sistema pueda funcionar, ya que se necesita un sitio de disposición y tratamiento de las aguas residuales recolectadas en las redes construidas, de lo contrario el sistema colapsaría, conforme lo argumenta el Reglamento Técnico del sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS).

Según la norma, el concepto de integralidad implica, que no se puede realizar ni el diseño ni la construcción de alguna de las partes del sistema de alcantarillado, sin tener en cuenta los efectos que se van a tener sobre las otras y que los diferentes componentes del mismo deben correlacionarse entre sí, de tal manera que sean funcionales y garanticen los objetivos de descontaminación para los cuales fueron planeados.